No. 070/2016 LA AYUDA ASISTENCIAL AL PENSIONADO Ó PENSIONADA DEBE OTORGARSE CON SU SOLA MANIFESTACIÓN DE QUE NO CUENTA CON ESPOSA O ESPOSO, CONCUBINA O CONCUBINARIO, HIJOS MENORES DE 16 AÑOS O PADRES QUE DEPENDAN ECONÓMICAMENTE DE ÉL. Entrada publicada en Asignaciones familiares y ayuda asistencial. Seguro Social el 11 noviembre, 2016 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo