No. 008/2018 ES DESPROPORCIONAL LA RESTRICCIÓN DE LA LSS CONSISTENTE EN NEGAR UNA PENSIÓN DE VIUDEZ PORQUE EL MATRIMONIO TUVO UNA DURACIÓN MENOR DE UN AÑO Y EL TRABAJADOR FALLECIDO TENÍA MÁS DE 55 AÑOS DE EDAD. Entrada publicada en Pensiones de viudez. Seguro Social el 16 enero, 2018 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo