No. 061/2018 EL DOMINGO 16 DE SEPTIEMBRE, CUANDO SE CELEBRE EL ANIVERSARIO DE LA INDEPENDENCIA, ES DIA DE DESCANSO OBLIGATORIO, COINCIDENTE CON DESCANSO SEMANAL, ¿SE DEBE PAGAR DOBLE O CONCEDER OTRO DÍA? Entrada publicada en Días de descanso. Laboral el 25 agosto, 2018 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo