No. 067/2018 EL VARÓN VIUDO TIENE DERECHO A RECIBIR LA PENSIÓN DE VIUDEZ, SIN NECESIDAD DE ACREDITAR QUE HUBIERA DEPENDIDO ECONÓMICAMENTE DE LA ASEGURADA O PENSIONADA FALLECIDA. Entrada publicada en Pensiones de viudez. Seguro Social el 20 septiembre, 2018 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo