No. 005/2020 ES PROCEDENTE LA NULIDAD DE CONVENIO DE TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL POR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO, AUN CUANDO PREVIAMENTE HAYA SIDO SANCIONADO POR UNA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. Entrada publicada en Laboral Las demandas y el procedimiento laboral. el 24 enero, 2020 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo