No. 032/202 EL DOMINGO 1ero. DE MAYO, CUANDO SE CONMEMORE EL DÍA DEL TRABAJO, SERÁ DIA DE DESCANSO OBLIGATORIO, COINCIDENTE CON DESCANSO SEMANAL, ¿SE DEBE PAGAR DOBLE O CONCEDER OTRO DÍA? Entrada publicada en Días de descanso. Laboral el 16 abril, 2022 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo