No. 031/2014 LA CALIFICACIÓN DEL OFRECIMIENTO DE TRABAJO PARA EMPLEADAS EMBARAZADAS DEBE SER HECHA BAJO UN ESCRUTINIO MÁS ESTRICTO POR LA JUNTA DE CONCILIACIÓN. Entrada publicada en Laboral Trabajo de las mujeres. el 12 mayo, 2014 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo