No. 54/2014 LA EXIGENCIA PARA EL OTORGAMIENTO DE UNA PENSIÓN DE VEJEZ, CONFORME A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DE 1973, DE TENER 65 AÑOS DE EDAD Y UN MÍNIMO DE 500 SEMANAS COTIZADAS NO VIOLA EL DERECHO A LA IGUALDAD NI ES DISCRIMINATORIA.


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