No. 053/2015 EL PAGO DE LA CUOTA AL IMSS PARA CUBRIR LOS GASTOS MÉDICOS DE LOS PENSIONADOS NO ESTÁ CONDICIONADO A QUE EXISTA CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. Entrada publicada en Pago de cuotas. Seguro Social el 8 julio, 2015 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo