No. 084/2015 PARA EL PAGO DE SALARIOS CAIDOS, LOS INTERESES DEBEN ADICIONARSE AL CAPITAL, CUANDO UN JUICIO LABORAL O EL CUMPLIMIENTO DEL LAUDO EXCEDE DE 12 MESES. Entrada publicada en Laboral Las demandas y el procedimiento laboral. el 19 diciembre, 2015 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo