No. 067/2014 LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD ES SUSCEPTIBLE DE SER SUJETA A LAS DEDUCCIONES DERIVADAS DE UNA PENSIÓN ALIMENTICIA ORDENADA JUDICIALMENTE.
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El viernes 29 de agosto del 2014 se publicó en el Semanario Judicial de la Federación una Tesis del PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO en la cual determina que es razonable y proporcional que se limite el pago de los salarios caídos hasta por un periodo máximo de 12 […]
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