No. 077/2015 EN UN JUICIO LABORAL, CUANDO SE RECLAME EL PAGO DE HORAS EXTRAS, LA CARGA DE LA PRUEBA ESTÁ DIVIDIDA: RESPECTO A LAS PRIMERAS 9 CORRESPONDE AL PATRÓN ACREDITAR SU IMPROCEDENCIA Y, A LAS RESTANTES, ES EL TRABAJADOR QUIEN DEBE ACREDITAR SU PROCEDENCIA.
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