No. 003/2017 LA JUNTA DE CONCILIACIÓN DEBE ANALIZAR LA VALIDEZ DE UN CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO, CUANDO EL PATRÓN SE DEFIENDE ALEGANDO VENCIMIENTO DEL TÉRMINO PACTADO, AUN CUANDO EL TRABAJADOR NO HAYA DEMANDADO SU PRÓRROGA O NULIDAD.
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