No. 067/2017 LOS MINUTOS O FRACCIONES DE HORA LABORADOS COMO TIEMPO EXTRAORDINARIO SÓLO SON PAGABLES SI EN EL PERIODO DE UNA SEMANA FORMAN HORAS COMPLETAS. Entrada publicada en Jornada de trabajo. Laboral el 9 octubre, 2017 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo