No. 078/2019. EL HECHO DE QUE EL TRABAJADOR ALEGUE DESPIDO INJUSTIFICADO EN SU DESCANSO SEMANAL NO CONLLEVA NECESARIAMENTE A LA IMPROCEDENCIA DE ACCIÓN DE REINSTALACIÓN O DE INDEMNIZACIÓN. Entrada publicada en Laboral Las demandas y el procedimiento laboral. el 23 septiembre, 2019 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo