No. 079/2019. LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA) NO PUEDE APLICARSE PARA DETERMINAR LA CUOTA DIARIA O LA LIMITANTE DE PAGO DE UNA PENSIÓN, POR TRATARSE DE PRESTACIONES DE NATURALEZA LABORAL REGIDAS POR EL SALARIO MÍNIMO. Entrada publicada en Seguro Social Sistema pensionario. el 23 septiembre, 2019 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo