No. 031/2015 A UN TRABAJADOR DE CONFIANZA SE LE PUEDE DESPEDIR POR UNA CAUSA RAZONABLE, AUN CUANDO NO SEA DE LAS RELACIONADAS EN EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY LABORAL. Entrada publicada en Casos de rescisión de las relaciones de trabajo Laboral el 19 mayo, 2015 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo