No. 051/2015 A NINGUNA LEY PUEDE DÁRSELE EFECTO RETROACTIVO EN PERJUICIO DE PERSONA ALGUNA. ESTE PRINCIPIO CONSTITUCIONAL INCLUYE LAS JURISPRUDENCIAS. Entrada publicada en Laboral Las demandas y el procedimiento laboral. el 8 julio, 2015 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo