No. 074/2015 EL SOCIO DE UNA PERSONA MORAL NO ES PATRÓN DE UN TRABAJADOR QUIEN DEMANDA A AMBOS Y ES LA PERSONA MORAL QUIEN RECONOCE EL VÍNCULO LABORAL. Entrada publicada en Laboral Relaciones individuales. Concepto de trabajador y patrón el 19 noviembre, 2015 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo