No. 087/2015 EN EL 2016, LOS DOMINGOS 1ero. DE MAYO, 06 DE JUNIO Y 25 DE DICIEMBRE SON DIA DE DESCANSO OBLIGATORIO, COINCIDENTES CON DESCANSO SEMANAL, ¿SE DEBE OTORGAR OTRO DÍA? Entrada publicada en Días de descanso. Laboral el 19 diciembre, 2015 por Bañuelos. Lo sentimos, no tiene permiso para ver el artículo